¿Cómo se creó O. S. 14?
El Departamento de Coordinación con la Seguridad Municipal O. S. 14 se creó a partir de la Orden General N° 2902, del 12 de enero del 2022 y tiene como misión potenciar y fortalecer la coproducción de seguridad pública a nivel local a través del trabajo coordinado con las municipalidades del país -actores relevantes en materia de prevención del delito, a nivel comunal- liderando, coordinando, dirigiendo y orientando acciones que Carabineros de Chile desplegará a nivel nacional en su trabajo formal y colaborativo con las diferentes municipalidades del país.
Cualquier persona podrá detener a quien sorprendiere en delito flagrante, debiendo entregar inmediatamente al aprehendido a la policía, al ministerio público o a la autoridad judicial más próxima. (Art. 129, Código Procesal Penal.)
No, toda vez que el concepto de guardia se encuentra establecido en las normas de Seguridad Privada.
En el ámbito municipal, no hay norma o jurisprudencia sobre su desempeño.
No, porque el concepto de guardia sólo puede desarrollar funciones en “áreas o recintos delimitados”.
Las normas legales y jurisprudencia administrativa (C.G.R.), considera sólo atribuciones a la figura del “Inspector Municipal”.
“Un Inspector Municipal y un Carabinero”, para proceder según atribuciones. Sin embargo, puede conducir el “vehículo” un funcionario municipal, con responsabilidad administrativa (03 componentes).
Las patrullas mixtas deben participar en procedimientos de bajo riesgo, sin embargo, y ante la existencia de la posibilidad que enfrenten procedimientos en FLAGRANCIA, se sugiere que el funcionario municipal cuente con “un Seguro de Vida”, acorde a lo establecido en el Art. 588 del Código de Comercio.
Dependerá de la disponibilidad de los recursos Municipales y de Carabineros, pudiendo ser en horario diurno y nocturno, lo que quedará plasmado en el “Convenio Colaborativo”, de conformidad a la realidad de cada comuna y consuno de las partes.
Si, tendrán capacitaciones, serán desarrolladas en el marco de los convenios de colaboración y tienen como finalidad la adquisición de conocimientos en cuanto a normas, protección personal y eventualmente a la detención en los casos de flagrancia, pero no orientados a que participen en procedimientos complejos, ni de control de orden público.
Se debe realizar reunión de coordinación entre Carabineros y Municipio, a objeto que el primero de a conocer el análisis delictual de la comuna, focalizando en qué lugares se necesita una mayor presencia preventiva/disuasiva, para la anuencia de las partes.
El Comisario o Jefe de Unidad, a través de los sistemas informáticos y georeferenciación definirá los lugares de mayor criticidad y prioritarios para el despliegue de los medios.